El 1 de abril era le fecha señalada en rojo en el calendario por la Seguridad Social para el inicio de la regularización masiva de inmigrantes, anunciada a inicios del presente ejercicio. Sin embargo, será imposible dar hoy el pistoletazo de salida a ese proyecto, como reconoció el Gobierno después del Consejo de Ministros de ayer.
No obstante, la portavoz del Ejecutivo y ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, garantizó que “habrá plazo suficiente” para la tramitación de las solicitudes presentadas en el marco de la regularización extraordinaria.
Así lo expresó Saiz en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros al ser preguntada por la fecha del inicio del proceso y la posibilidad de ampliar los plazos inicial en el caso de que se produzca una demora en el proceso.
El Gobierno anunció inicialmente que su tramitación se iniciaría a principios de abril y finalizará el 30 de junio. Así, aunque Saiz eludió concretar fechas, ha garantizado estar “dentro del calendario previsto”.
“No decimos día exacto porque efectivamente está en este momento en el Consejo de Estado, pero seguimos dentro del calendario previsto”, explicó la portavoz del Gobierno que ha lanzado “un mensaje de tranquilidad porque habrá plazo suficiente para tramitar las solicitudes”.
Respecto a las manifestaciones realizadas por el Comisario de Interior y Migración de la UE, Magnus Brunner, en una entrevista en El Mundo en la que ha manifestado que si un inmigrante regularizado en España intenta asentarse en otro país sería devuelto a territorio español, Saiz precisó que “la regularización dará derecho a un permiso de trabajo en España”.
Las condiciones para acceder a la regularización siguen siendo las mismas que las anunciadas a finales del pasado mes de febrero. Los extranjeros que soliciten la residencia temporal tendrán que poder acreditar una estancia mínima de 5 meses de manera continuada en España; deberán acreditar que llegaron antes del 31 de diciembre de 2025 y no podrán tener antecedentes penales ni suponer una amenaza para el orden público.
En el caso de los solicitantes de protección internacional, deberán acreditar la presentación de su solicitud antes de la misma fecha. La permanencia en España podrá acreditarse con cualquier documento público, privado o una combinación de ambos.
La autorización, según detalla el Ministerio, habilita a los extranjeros beneficiados para trabajar en todo el territorio y en cualquier sector económico. Por otro lado, explican fuentes del Departamento de Saiz, el plazo de tramitación será de máximo 3 meses, pero con la mera admisión a trámite de las solicitudes -la cual se resolverá en un máximo de 15 días-, las personas podrán empezar a trabajar desde el primer día.