El SEPE rechaza conceder el subsidio para mayores de 52 años a los trabajadores que no hayan cotizado el mínimo para cobrar la pensión de jubilación

El SEPE rechaza conceder el subsidio para mayores de 52 años a los trabajadores que no hayan cotizado el mínimo para cobrar la pensión de jubilación

Multitud de trabajadores agotan el paro pasados los 50 años y no pueden reincorporase al mercado laboral por su edad, lo que les deja sin ingresos hasta alcanzar la edad legal de jubilación. En estos casos, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) puede asignarles una ayuda asistencial de hasta 480 euros mensuales, a cobrar hasta que tengan acceso a la pensión de jubilación.

Para beneficiarse del subsidio para mayores de 52 años el organismo exige que el solicitante cumpla con todos los requisitos para acceder a la pensión contributiva de jubilación, salvo la edad. Teniendo en cuenta que para cobrar la jubilación se necesita un mínimo de 15 años cotizados, los que tengan menos años trabajados no podrán cobrar el subsidio para mayores de 52 años.

Además, el SEPE limita el acceso a este subsidio a los trabajadores que se encuentren en una de las siguientes dos situaciones:

  1. Haber agotado una prestación contributiva por desempleo el 1 de noviembre de 2024 o con posterioridad.
  2. Acreditar situación legal de desempleo el 1 de noviembre de 2024 o con posterioridad habiendo cotizado al menos 90 días.

Como su propio nombre indica, el solicitante tendrá que tener 52 años en la fecha en la que se encuentre en una de las mencionadas situaciones, estar inscrito como demandante de empleo y haber suscrito el acuerdo de actividad. Asimismo, tendrá que demostrar que carece de rentas propias durante todo el tiempo de percepción del subsidio.

A tener en cuenta

Para que la futura prestación de jubilación del individuo no se vea perjudicada, el SEPE ingresará las cotizaciones generadas por el subsidio para mayores de 52 años a la Seguridad Social por el 125% de la base mínima vigente. Para 2026, se cotiza por 1.726,50 euros.

Ahora bien, aunque aumenta la cuantía de la futura jubilación, el subsidio para mayores de 52 años no añade años trabajados, por lo que si el beneficiario no ha alcanzado los 15 años cotizados exigidos para causar derecho a pensión no puede sumar las cotizaciones de la ayuda para llegar al mínimo.

Sea como fuere, desde Campmany Abogados matizan que “esto no es un impedimento real”, ya que si se concede el subsidio es porque se tienen cumplidos todos los requisitos para jubilarse salvo la edad, por lo que los perceptores podrán solicitarla la prestación contributiva de jubilación sin problemas en un futuro.

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