Juanma Lorente, abogado laboralista, avisa a los que solicitan la excedencia voluntaria que pueden perder su puesto: “Solo tienes derecho a volver si hay una vacante”
Los trabajadores que acumulen una antigüedad de un año o más en su empresa pueden solicitar una excedencia voluntaria de entre cuatro meses y cinco años, según lo dispuesto en el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores. Además, el empleado podrá volver a disfrutar de una nueva excedencia cuando hayan pasado al menos cuatro…